SE UNIFICA LA JURISPRUDENCIA SOBRE EL ENTENDIMIENTO Y ALCANCE DEL ARTÍCULO 107 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

 

El Consejo de Estado, mediante la Sentencia de Unificación 21329 de 2020, hizo referencia al preciso entendimiento y alcance del artículo 107 del Estatuto Tributario (ET) con el fin de adoptar las siguientes reglas:

  1. Todas las expensas realizadas por el contribuyente en desarrollo de la actividad productora de renta tienen relación de causalidad con la actividad productora de renta.
  2. Las expensas necesarias son aquellas que realiza razonablemente un contribuyente en una situación de mercado y que permiten desarrollar, conservar o mejorar la actividad generadora de renta.
  3. La proporcionalidad corresponde al aspecto cuantitativo de la expensa a la luz de un criterio comercial. La razonabilidad comercial de la magnitud del gasto se valora conforme a la situación económica del contribuyente y el entorno de mercado en el que desarrolla su actividad productora de renta.
  4. Los contribuyentes tienen la carga de poner en conocimiento de las autoridades administrativas y judiciales las circunstancias fácticas y de mercado, demostraciones y carga argumentativa, conforme a las cuales una determinada expensa guarda relación causal con su actividad productora de renta.
  5. Las anteriores reglas jurisprudenciales de unificación rigen para los trámites pendientes de resolver en sede administrativa y judicial. No podrán aplicarse a conflictos previamente decididos.

 

AMPLÍAN PLAZO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL RUT

Mediante Resolución 0005 del 22 de enero de 2021, la DIAN amplió hasta el próximo 30 de junio el plazo para que los contribuyentes actualicen en el RUT, las actividades económicas que desarrollan. Con esta nueva disposición, la Entidad modifica la fecha que establecía el Artículo 2 de la Resolución 000114 de 2020, con la cual se informó de los cambios de la Clasificación de Actividades Económicas CIIU, establecidas por el DANE, y que en el caso de los Pensionados, creó el código 0020, necesario para diferenciarlos del código de actividad de asalariados. La DIAN está actualizando automáticamente, de oficio, el RUT de los Pensionados que presentaron la Declaración de Renta durante el año 2020, informando ingresos por concepto de pensión en la cédula de pensiones.

Cabe resaltar que el RUT se puede actualizar mediante autogestión en los canales virtuales de la DIAN; no obstante, se pueden programar citas para su actualización, las mismas serán atendidas a través de correo electrónico. https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/