MODIFICACIÓN DE TARIFAS DEL ICA PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS A PARTIR DEL AÑO GRAVABLE 2022 PARA BOGOTÁ D.C.

El pasado 6 de noviembre de 2020 el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo 780 de 2020 “por el cual se establecen incentivos para la reactivación económica, respecto de los impuestos predial unificado e industria y comercio, producto de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (Covid-19), se adopta el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (simple) en el Distrito Capital, se fijan las tarifas consolidadas del mismo, se establecen beneficios para la formalización empresarial y se dictan otras medidas en materia tributaria y de procedimiento”, que mediante su artículo 6, modificó el artículo 3 del acuerdo 65 de 2002 con el fin de aplicar de forma gradual a partir del año gravable 2022 y hasta el 2024, las tarifas de ICA para las actividades que se describen a continuación, manteniéndose la misma tarifa para las actividades que no se encuentren enumeradas a continuación: