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NO HAY TIEMPO LIMITE PARA QUE LAS MEDIDAS RESUELVAN LA CAUSAL DE DISOLUCIÓN POR PERDIDAS; SI VUELVE A OCURRIR UNA NUEVA PERDIDA SIN SUBSANAR LA ANTERIOR SE DEBE LIQUIDAR LA SOCIEDAD.

Con ocasión de una consulta radicada en la Superintendencia de Sociedades donde se le solicita conceptuar acerca de algunos aspectos correspondientes a la causal número 2 del artículo 457 del Código de Comercio, la cual dispone que la sociedad anónima se disolverá cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del cincuenta por ciento del capital suscrito, dicha entidad, mediante el Oficio 220-018273 del 15 de marzo de 2019, establece algunos parámetros relativos al tema, los cuales se expondrán a continuación:

En cuanto al término legal para enervar dicha causal, la entidad reconoce que no está determinado en la ley, sin embargo dispone que las medidas conducentes a que se enerve la causal deben ser adoptadas dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de la reunión de la Asamblea de Accionistas o Junta de Socios donde se ventila la situación de la compañía y así se debe plasmar mediante registro del acta que da cuenta de la decisión ante la Cámara de Comercio.

Finalmente se establece que los actos tendientes a enervar la causal no pueden extenderse indefinidamente en el tiempo, esto es, contemplando el caso en que acaezca una nueva causal por perdidas sobreviniente sin haber solucionado la primera; en este sentido se estatuye que si pasados los 18 meses contados a partir del conocimiento de la primera situación de pérdidas que reducen el patrimonio de la sociedad a menos del 50% no se ha logrado el enervamiento, se deberá continuar con el procedimiento tendiente a la disolución y liquidación de la sociedad.

Para finalizar, la Supersociedades recuerda, que en el caso acá planteado, los socios o accionistas podrán ejercer las prerrogativas contenidas en el artículo 25 de la ley 222 de 1995, artículo que les permite ejercer la acción social de responsabilidad contra los administradores de la sociedad.[/vc_column_text][vc_separator height_2=»20″ height=»20″ show_border=»yes_border»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/1″][vc_column_text width=»1/1″ el_position=»first last»]

CUALQUIER INQUIETUD GUSTOSOS LA ATENDEREMOS.

 La información contenida en el presente Flash es de carácter estrictamente informativo. Por lo tanto, para la toma de decisiones particulares sobre los temas que se comentan, se deberá contar con el auxilio del asesor experto en el tema pertinente.

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