INDICADORES MÍNIMOS A SER VERIFICADOS POR LOS ADMINISTRADORES DE UNA SOCIEDAD PARA DETERMINAR EL CUMPLIMIENTO DE LA HIPÓTESIS DE NEGOCIO EN MARCHA

 

El 03 de agosto del presente año el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expide el Decreto No. 854 de 2021, “mediante el cual se señalan razones financieras o criterios para establecer deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia y se dictan otras disposiciones”. Mediante el decreto mencionado, se integra al Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha que había sido implementada por la Ley 2069 de 2020.

En el anterior entendido, el Decreto 854 de 2021 reivindica que la causal por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha, debe ser verificada por parte de los administradores sociales al momento de elaborar los estados financieros de propósito general al cierre del respectivo ejercicio contable. Si los administradores verifican que no se cumple con dicha hipótesis, los estados financieros se presentarían con la información completa y documentada, con el fin que el máximo órgano tome las medidas que correspondan luego de que se hubiere hecho un monitoreo de los estados financieros, la información financiera y las proyecciones de la empresa y teniendo como base las razones financieras o indicadores pertinentes, según modelo de negocio y los sectores en los cuales la sociedad desarrolla su objeto social.

El decreto adicionalmente establece los indicadores mínimos que se deben tener en cuenta para determinar el cumplimiento o no de la hipótesis de negocio en marcha así:

 

INDICADOR DIMENSIÓN FÓRMULA
Posición patrimonial negativa Detrimento patrimonial Patrimonio total < $0
Pérdidas consecutivas en dos periodos de cierre o varios periodos mensuales según el modelo de negocio Detrimento patrimonial (Resultado del ejercicio < 0) y (Resultado del ejercicio anterior < 0)
Capital trabajo neto sobre deudas a corto plazo (<0,5) Riesgo de Insolvencia (cuentas Comerciales por cobrar clientes + inventario corriente – cuentas comerciales por pagar) / Pasivo Corriente
UAII / Activo total < Pasivo Riesgo de Insolvencia (Utilidades antes de intereses e impuestos / Activos Totales) < Pasivo Total