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ESTADOS UNIDOS COMIENZA A ENVIAR INFORMACIÓN DE ACTIVOS DE CONTRIBUYENTES COLOMBIANOS DE LOS AÑOS GRAVABLES 2014 Y 2015

En el presente Flash informaremos sobre el Boletín Nº 053 del 03-04-2017 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, pues así lo informó el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, este lunes 03 de abril de 2017, tras conocer la decisión del servicio de rentas internas de los Estados Unidos de América (IRS), que actualizó el listado de jurisdicciones con las cuales están dispuestos a intercambiar información e incluyó a Colombia.

Por lo anterior próximamente la DIAN recibirá por parte del IRS, información sobre los años 2014 y 2015.

En palabras del Ministro Cárdenas:

“(…) Esto reafirma el espíritu de cooperación que existe entre los dos países y el cumplimiento por parte de Colombia de los más altos estándares en materia de confidencialidad y seguridad de la información tributaria. Este puede ser el paso más importante en la lucha contra la evasión pues permitirá saber que activos financieros poseen en los Estados Unidos los colombianos que deban pagar impuestos en el país (…)”

De acuerdo con el Jefe de la cartera de Hacienda, sólo tres (3) países latinoamericanos (Brasil, Colombia y México) hacen parte de este listado.

Y agregó:

“(…) la inclusión de Colombia en el listado mencionado constituye un gran avance en la lucha contra la evasión y la elusión fiscal pues supone la puesta en marcha de lo previsto en el Acuerdo para el Intercambio de Información Tributaria que Colombia y Estados Unidos firmaron en el año 2001 y que fue aprobado por el Congreso de la República en el año 2013 mediante la Ley 1666 (…)”.

El Ministro de Hacienda indicó que con base en dicho acuerdo, las instituciones financieras de los Estados Unidos de América deberán identificar los activos financieros de propiedad de residentes fiscales colombianos y los rendimientos financieros asociados a dichos activos.

Precisó Cárdenas:

“(…) Dichas entidades reportan esa información al IRS quien a su turno enviará automáticamente a la DIAN cada 30 de septiembre información sobre dichos rendimientos financieros. El primer envío de información por parte del IRS a la DIAN comprende información correspondiente a los años 2014 y 2015, la cual será recibida en las próximas semanas (…)”

Así mismo, el Ministro aseguró que esta nueva fuente de información con la que contará la DIAN, fortalecerá su lucha contra la elusión y la evasión fiscal internacional, y más en el contexto en el que la Ley 1819 de 2016 amplió el término de firmeza de las declaraciones fiscales.

En palabras del Ministro Cárdenas:

 “(…) Vale la pena recalcar que es completamente legal y legítimo tener cuentas financieras en el exterior; pero es necesario que las mismas sean declaradas por parte de los residentes fiscales colombianos en sus declaraciones tributarias e informadas en la declaración de activos en el exterior (…)”.

Es pertinente traer a colación, que este año 2017, es el último en que se causará el impuesto complementario de normalización tributaria a la tarifa del 13 % sobre el valor patrimonial de los activos omitidos o los pasivos inexistentes incluidos, en las declaraciones tributarias de años anteriores, por lo que esta noticia permite inducir a aquellos contribuyentes que aún no se han acogido, a realizar el pago del mencionado impuesto.

Finalmente, debe recordarse que, este impuesto fue creado por la Ley 1739 de 2014 y declarado exequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-551 de 2015 y su pago trae consigo la no aplicación del régimen de comparación patrimonial en el impuesto sobre la renta y la no imposición de sanciones cambiarias.

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CUALQUIER INQUIETUD GUSTOSOS LA ATENDEREMOS.

 La información contenida en el presente Flash es de carácter estrictamente informativo. Por lo tanto, para la toma de decisiones particulares sobre los temas que se comentan, se deberá contar con el auxilio del asesor experto en el tema pertinente.

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