DIAN plazo información exógena

El pasado 19 de enero de 2024 la DIAN expidió la Resolución 00399 “Por la cual se adicionan parágrafos transitorios al artículo 4 de la Resolución No. 000161 de 2021” lo anterior debido a la necesidad de establecer plazos adicionales de carácter transitorio aplicables a la presentación de la información exógena cambiaria correspondiente al cuarto trimestre de 2023 y los dos primeros trimestres de 2024, por parte de los intermediarios del mercado cambiario (IMC), los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos, esto teniendo en cuenta que se deben realizar las modificaciones a los sistemas de recepción de la información exógena cambiaria de la DIAN para que estén en armonía con el Sistema de Información Cambiaria adoptado por la Junta Directiva del Banco de la República mediante Circular Reglamentaria Externa DCIP 83 publicada en el Boletín 36 del 12 de septiembre de 2023 de la Junta Directiva del Banco de la República y sus posteriores modificaciones.

En consecuencia, los nuevos plazos transitorios para presentar la información exógena cambiaria de acuerdo con los formatos y archivos .XML descritos por las Resoluciones 000161 de 2021 y 000494 de 2022, serán los siguientes:

  1. Para titulares de cuentas de compensación y de los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos:

1. Para titulares de cuentas de compensación y de los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos