PRINCIPALES CONSIDERACIONES ACERCA DE LA LEY DE DESCONEXIÓN LABORAL

El pasado 06 de enero de 2022, el congreso de la República expidió la ley No. 2191 “por medio de la cual se regula la desconexión laboral – Ley de desconexión laboral” mediante la cual se pretende crear, regular y promover el derecho a la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales para que estos puedan garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descaso, licencias, permisos y/o vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

Este derecho se define como aquel que tienen los trabajadores a no tener contacto con las herramientas relacionadas con su ámbito laboral en los horarios que estén por fuera de la jornada máxima legal de trabajo ni en sus vacaciones o descansos y la consecuente abstención por parte del empleador del formular órdenes u otros requerimientos al trabajador en dichos tiempos, excluyéndose de la aplicación de la ley el personal de dirección, confianza y manejo o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito en los que se requiera con el cumplimiento de deberes extras de colaboración con la empresa cuando medie la justificación de la inexistencia de otra alternativa viable.

La inobservancia de dicho derecho que asiste al trabajador podrá constituir una conducta de acoso laboral de acuerdo a lo prescrito en la ley 1010 de 2006 pudiéndose poner la denuncia en conocimiento del Inspector de Trabajo o de la Procuraduría General de la Nación anexando los hechos y las pruebas sumarias fundamento de los mismos.

Así mismo la ley establece que los empleadores deben contar con una política de desconexión laboral que debe establecer por lo menos: i) la forma como se garantizará el derecho, incluyendo los lineamientos frente al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, ii) un procedimiento a través del cual los trabajadores puedan presentar quejas frente a la vulneración de dicho derecho así sea de forma anónima, iii) el procedimiento interno para dar trámite a dichas quejas, que permita garantizar el derecho de defensa, incluya mecanismos de solución, verifique la conducta y los acuerdos alcanzados.