LA DIVISIÓN DE RECAUDO DE LA DIRECCION SECCIONAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ (DIAN) HA MANIFESTADO QUE NO EXISTE ACTO ADMINISTRATIVO QUE ESTABLEZA UN TOPE DIARIO MAXIMO DE SOLICITUDES DE SALDOS A FAVOR QUE PUEDA SER RADICADOS.

  

La Jefe de la División de Devoluciones de la DIAN, el pasado 26 de julio atendiendo un derecho de petición radicado por nuestra Firma, informó que el servicio Informático de devoluciones se encuentra actualmente activo para la radicación de las solicitudes de devolución y/o compensación de impuestos.

De la misma, manera, esta entidad mediante la radicación No. 202382140100078752 manifestó que no se han generado limitación en número de radicaciones, mediante ningún acto administrativo expedido por la Entidad.

Sin perjuicio de lo anterior y dado que la administración de impuestos manifiesta que existen actualmente un alto volumen de radicaciones ante el sistema, insta a los contribuyentes a realizar nuevamente el procedimiento en la mañana del día siguiente a primera hora, hasta culminar el proceso de radicación de su solicitud y, que en caso de no haber logrado inicialmente la radicación y estar próximo a vencerse el termino para presentar la solicitud de devolución y/o compensación, solicitan adjuntar los pantallazos del intento de radicación, en la próxima solicitud debidamente formalizada en el servicio Informático de devoluciones.